La utilización de una escalera de mano como puesto de trabajo en altura se debe limitar a aquellas circunstancias en las que la utilización de otros equipos de trabajo más seguros no esté justificada por el bajo nivel de riesgo y por las características de los emplazamientos que la empresa no pueda modificar, explica el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) de España.
Las escaleras de mano para fines de acceso deberán tener la longitud necesaria para sobresalir al menos un metro del plano de trabajo al que se accede, se recomienda en el documento Uso seguro de equipos de trabajos temporales en altura.
En el caso español, los trabajos a más de 3,5 metros de altura, desde el punto de operación al suelo, que requieran movimientos o esfuerzos peligrosos para la estabilidad del trabajador, solo se efectuarán si se utiliza un equipo de protección individual anticaídas o se adoptan otras medidas de protección alternativas.
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