El Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables de Ecuador, emitió el protocolo de prevención en bioseguridad para mantener o retomar las operaciones mineras frente a la pandemia de COVID-19.
“Durante la emergencia sanitaria, el Gobierno Nacional ha priorizado la salud y seguridad de los ecuatorianos. También ha garantizado que los sectores estratégicos, como es el caso de la minería, continúen operativos y aportando a la economía del país”, señaló René Ortiz Durán, jefe del órgano ministerial.
Plan de Acción y Protocolo para el Sector Minero frente a la Emergencia Sanitaria Covid-19
La Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM), dispone la implementación del siguiente plan de acción, con el propósito de prevención, identificación y acción frente los casos de contagio de coronavirus que puedan presentarse en el sector minero.
- Cada represente legal y/o titular minero deberá implementar un protocolo sanitario y socializarlo a todos los trabajadores. Este protocolo tendrá el objeto de implementación de medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.
- Capacitación para la prevención y control de epidemias, establecer protocolos de comunicación respecto al riesgo COVID19.
- Disponer medidas preventivas de contagio:
- Lavado de manos constante con aguay y jabón y desinfectante a base de alcohol.
- Etiqueta de la tos: al toser o estornudar utilizar el ángulo interno del cado o toallas.
- Evitar tocarse ojos, nariz y boca.
- Evitar saludar con beso en la mejilla y con las manos.
- Utilizar propios utensilios de cocina y no compartirlos.
- Fortalecer el sistema inmune con: verduras, frutas, hortalizas, frutos secos, agua, ejercicio.
- Mantener una distancia de 1 m con personas que presentan síntomas respiratorios.
- Evitar realizar viajes a zonas con reportes de coronavirus confirmado, si no es posible informase antes del viaje sobre la situación actual del brote.
- Disponer las áreas y situaciones donde sea recomendable el uso de mascarilla.
- Se enviará insumos jabón, alcohol, mascarillas, EPP al personal de campo.
- Notificar a la empresa y al servicio médico, si el trabajador presenta leves síntomas de resfriado, previo al ingreso al trabajo de campo.
- Presentar el certificado si acudió a una casa de salud para ser valorado.
- Identificar entre el personal, situaciones de riesgo tales como:
- Mujeres Embarazadas
- Personas Adultas Mayores
- Personas con discapacidad, enfermedades catastrócas o preexistencias.
- Personas con malestar: fiebre, tos, dolor de garganta, disnea
- Disponer el teletrabajo para personas en situaciones de riesgo. Tomar en cuenta que es indispensable estar prestos a atención telefónica o por medios virtuales que deben ser organizados con este efecto.
- Identicar las áreas que no podrán acogerse a aislamiento obligatorio o teletrabajo, áreas que pueden continuar las actividades a través de Teletrabajo.
- Identicar las necesidades y abastecimiento de equipos de protección personal y salvoconductos, mismos que garanticen la libertad de tránsito y movilidad del personal, maquinaria y otros inherentes a la actividad minera. El salvoconducto deberá detallar el producto, o tipo de gestión que desarrollan, debe ser emitido por cada empresa, armado y bajo la responsabilidad de la persona encargada. Para el caso de transporte de mineral, este debe contar con la guía de remisión con el detalle de la ruta y destino, en consonancia y acorde a la Resolución “Regulación para el trasporte de recursos minerales” (ARCOM 13 Registro Ocial 529 del 12 de julio de 2019).
- Identicar las acciones tecnológicas que deban realizarse para acogerse al teletrabajo.
- Elaborar planes de continuidad para las áreas que puedan acogerse al trabajo remoto de modo que se garantice la continuidad de servicio de los titulares de los derechos mineros y sus trabajadores.
- Se recomienda que en los campamentos mineros se mantenga el mínimo de trabajadores, solo los necesarios para la ejecución de las actividades fundamentales y elementales, no rotar personal deberán mantener el personal en sus campamentos hasta que dure las medidas adoptadas por el Comité de Operaciones Especiales (COE) Nacional.
- Desinfección permanente de campamentos y vehículos.
- Control en el ingreso y salida del personal, incluye medición de temperatura corporal, uso obligatorio de mascarillas.
- Evitar aglomeración de personas (Comedores, zonas comunes, zonas de trabajo)
- Informar cualquier caso sospechoso al número habilitado para el efecto 171.
- Contar con Zonas de Aislamiento (Cuarentena) en caso de que se presenten casos sospechosos
- Finalmente les recomendamos, mantenerse informados en los canales oficiales y de las recomendaciones del Ministerio de Salud Pública y del Comité de Operaciones Especiales (COE) Nacional.
Referencia general definiciones importantes:
Caso sospechoso
Se considera caso sospechoso a las personas que cumplan uno de los siguientes criterios:
- Temperatura térmica por encima de los 38 grados centígrados
- Tos
- Contacto con personas COVID-19 positivos
Caso probable
Un caso sospechoso es a quien realizaron pruebas para coronavirus COVID-19 y no es concluyente el resultado de la prueba informada por laboratorio; o, para quienes las pruebas fueron positivas en un ensayo de pan-coronavirus. (OMS, Global Surveillance for human infection with novel coronavirus 2019-nCoV).
Caso confirmado
Caso sospechoso con confirmación de laboratorio de coronavirus COVID-19 independientemente de los signos y síntomas clínicos. (OMS, Global Surveillance for human infection with novel coronavirus 2019-nCoV).
Importante: estas definiciones de caso se modificarán de acuerdo con el comportamiento epidemiológico de la enfermedad.
Contacto
Cualquier persona que haya proporcionado cuidados o viva en la misma vivienda del caso sospechoso.
Cualquier persona que estuviera cerca (menor de 2 metros) que estuviera en el mismo lugar (convivientes, colegas de trabajo, visitas, compañeros de estudio) a un caso sospechoso mientras el caso presentaba síntomas.
Se considera contacto también a los pasajeros de cualquier medio de transporte colectivo situados en un radio de 2 asientos alrededor de casos sintomáticos durante el viaje y a la tripulación/personal que haya tenido contacto con dichos casos.
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