Tras haber recogido los aportes de los ciudadanos sobre la manera de intervención de los Inspectores del Trabajo durante sus funciones fiscalizadoras, la SUNAFIL publicó la directiva “Reglas Generales para el Ejercicio de la Función Inspectiva”, a fin de contar con un instrumento técnico y normativo que de forma precisa, establezca los criterios generales para el desarrollo de la etapa inspectiva en los centros de trabajo.
Esta directiva consolida en un solo cuerpo normativo todas aquellas reglas generales y aspectos comunes de la actuación inspectiva de investigación que realiza el Inspector de Trabajo en los 30 días que establece el plazo, y que es previa al procedimiento sancionador.
Mediante este dispositivo se propicia una mayor estandarización de los procedimientos, reduciendo el margen de la discrecionalidad, constituyéndose en una herramienta útil para los inspectores de trabajo y servidores públicos que integran el Sistema de Inspección del Trabajo, así como para los trabajadores, empleadores y sus representantes.
Cabe señalar que esta directiva contribuye a determinar la competencia de las entidades que ejercen la función inspectiva a nivel nacional, establece las pautas necesarias para la fiscalización laboral en las entidades públicas y la pequeña y microempresa.
Asimismo, establece la mecánica operativa para la actuación coordinada con otras instituciones del Estado y el auxilio y colaboración en casos específicos, como es el caso de la Policía Nacional, en caso de obstrucción a la labor inspectiva, es decir cuando un inspector enfrenta la negativa de ingreso por parte de los empleadores o representantes de la empresa.
De igual manera, la directiva indica los plazos mínimos y máximos para el inicio, desarrollo y conclusión de las actuaciones inspectivas, y define los supuestos de incorporación de Inspectores de Trabajo en una orden de inspección, así como los supuestos de abstención para el ejercicio de la función inspectiva.
Documentos para unificar criterios inspectivos
A la fecha SUNAFIL ya ha aprobado y publicado las directivas “Disposiciones para la supervisión del sistema de inspección del trabajo”; “Derecho de los Ciudadanos en el Sistema Inspectivo del Trabajo”, “Protocolo de actuación en materia de trabajo forzoso”, en el presente año.
De igual manera, se vienen recogiendo y consolidando los aportes de los proyectos de directivas referidas a las “Disposiciones aplicables para la Fiscalización de los Contratos de Trabajo Sujetos a Modalidad”; “Disposiciones para el ejercicio de la Función Inspectiva en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector industrial”; “Ejercicio de la función inspectiva en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo”; “Guía para la Implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo”.
Foto: undiario.pe
Fuente: Sunafil
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